RENTA: 12 consejos a la hora de preparar tu borrador

Como cada año en Abril se abre el plazo para presentar la declaración de la RENTA y millones de personas tienen la obligación de presentarla, es por eso que os damos unos consejos si eres de esas personas que lo vas a realizar por ti misma.

1. ¿Tengo que presentarla?

La primera parte es saber si tienes que presentar la RENTA. La norma general indica que estás exento de hacer la Declaración de la Renta si ganas menos de 22.000 euros y solo haya sido de un pagador. Si has tenido dos o varios pagadores, el límite para estar exento cae hasta los 15.000 euros si has cobrado más de 1.500 euros del segundo pagador (o de la suma de varios pagadores además del primero). Esta es la norma general, pero tiene sus exclusiones. 

Si no estás obligado a presentarla, en algunos casos puede que no compense presentarla. Por ejemplo, si tienes menos de 25 años y convives con tus padres, ya que ellos tienen derecho a una reducción por hijos, que seguramente sea mayor a lo que te devolverán a ti por presentar la Declaración de la Renta.

2. Tus datos personales

Ahora vamos con los datos personales comprueba que todos tus datos personales están bien y si ha habido cambios en el último año que puedan afectar a la declaración, es decir, cambio de domicilio, estado civil o nacimiento de hijos, entre otros, asegúrate de que estén recogidos. Si, por ejemplo, has tenido un hijo, podrás aprovechar algunas deducciones interesantes. Sobre el cambio de residencia, hay que tener en cuenta que, para que una persona sea considerada residente en España, tiene que haber vivido como mínimo 183 días.

3. Reducción de la cuota por rentas bajas

En el caso de las personas con rentas inferiores a 19.747,5 euros (siempre que no tuvieran rentas distintas de las del trabajo superiores a 6.500 euros, excluidas las exentas) se beneficiaron de una reducción de su cuota.

Esta reducción asciende a 5.565 euros anuales para quienes ingresan menos de 14.047,5 euros y una cantidad proporcional a esta cifra para quienes ganan entre 14.047,5 y 19.747,5 euros.

4. Ingresos por maternidad o paternidad

Si es tu caso recuerda que los ingresos vinculados a las prestaciones de maternidad y paternidad recibidos en 2023 están exentos de tributación.

5. Deducción por maternidad

En el caso de la deducción por maternidad en rasgos generales debemos tener en cuenta:

  • El importe de la deducción (que puede ser hasta 1.200 euros) se calculará de forma proporcional al número de meses del periodo impositivo posteriores al momento en el que se cumplen los requisitos antes señalados (tanto en relación a los beneficiarios como a los hijos que dan derecho a la deducción) siempre que, durante dichos meses, ninguno de los progenitores perciba, en relación al hijo que otorgue el derecho, el complemento de ayuda para la infancia, salvo que se hubiera tenido derecho al mismo antes del 1 de enero de 2023.

Por tanto, 100 euros por cada mes

  • Incremento adicional: cuando se tenga derecho a la deducción en relación con ese descendiente por haberse dado de alta en la Seguridad social o mutualidad con posterioridad al nacimiento del menor, la deducción correspondiente al mes en el que se cumpla el período de cotización de 30 días, se incrementará en 150 euros, de tal manera que el importe de la deducción correspondiente a dicho mes será 250 euros (100 euros por mes + incremento adicional de 150 euros solo en este caso).

6. Deducciones familiares

Revisa siempre si tienes derecho a otras deducciones familiares por descendiente o ascendiente discapacitado, familia numerosa o monoparental con 2 hijos y sin derecho a percibir anualidades, comprueba que aparecen los datos correspondientes en tus datos fiscales. Ten en cuenta, además, que las cuantías de la deducción son este año mayores.

En el caso de familias numerosas, por ejemplo, el aumento es de 600 euros anuales (50 euros al mes) por cada hijo a partir del cuarto para la categoría general o del sexto para la categoría especial. Recuerda que existe una deducción por cónyuge con discapacidad a cargo por importe de 1.200 euros anuales (100 euros al mes).

7. Familia en otro Estado de la Unión Europea

En 2018 el Gobierno estableció una deducción, con cierto requisitos, para los contribuyentes en la que uno de sus miembros resida en otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, lo que les impide presentar declaración conjunta. De esta forma se equipara la cuota a pagar del contribuyente residente en territorio español a la que hubiera soportado en el caso de que todos los miembros de la unidad familiar hubieran sido residentes fiscales en España.

8. Verifica la informacion de tu vivienda

Comprueba la información de los inmuebles y sus referencias catastrales porque es obligatorio incluir esta información en la declaración de la renta, incluido el de la vivienda habitual, aunque esta no sea de tu propiedad.

9. Invertir en empresas de nueva creación

Como novedad en 2023, la deducción por invertir en empresas de nueva creación que reúnan ciertos requisitos se ha ampliado al 50%, con un límite de 100.000 euros.

10. Planes de pensiones

Si tienes aportaciones a planes de pensiones, debes comprobar que figuran incluidas.

11. Deducciones autonómicas

Si tiene derecho a alguna deducción autonómica y no figurara en el borrador, puede consignarla en las casillas correspondientes a tu comunidad autónoma. 

12. Situación familiar está correcta

Si la situación civil del contribuyente cambia o tiene hijos, la declaración de la Renta debe incluirlo. Hay que cerciorarse de que la Agencia Tributaria haya incluido esos cambios, ya que podemos estar perdiendo algún tipo de beneficio fiscal.

Esperamos que que tengas en cuenta estos consejos para que al presentar tu borrador no se te escape nada. Si necesitas ayuda de un asesor experto para que revise contigo la declaración antes de presentarla siempre puedes contactar con nosotros y estaremos encantados de ayudarte.

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